Se dice que son la notificación pública que se hace en las iglesias de los nombres de las personas que quieren contraer matrimonio, con el fin, de que si alguien conoce algún impedimento para dicho enlace lo haga saber.

 

Es algo parecido a eso que vemos en las películas de: «si alguien conoce algún impedimento, que hable ahora o calle para siempre…».

 

Aquí se hace de manera más sencilla y recatada, por eso nos es tan desconocido. Sin embargo, no debemos preocuparnos, es un trámite más.

 

Deben hacerse en la parroquia donde los contrayentes tienen su domicilio, con la finalidad de que sean reconocidos.

 

 

Pueden realizarse mediante la colocación de un edicto, en un lugar visible de la parroquia por un plazo de quince días, o, donde haya tradición de ello se leerán durante dos días festivos. 

 

El resultado de las mismas se recogerá en el Expediente Matrimonial. bien en el mismo impreso, en el caso de haberse realizado estas en la misma parroquia donde se celebre el enlace, o bien, mediante certificación, si se han llevado a cabo en una parroquia distinta.

 

 

Para obtener información más detallada y profundizar en todo ello, puedes consultar en la Archidiócesis de Sevilla, quienes marcan las normas, reglas y directrices a seguir por el grueso de parroquias de la ciudad. 

 

¿Sigues teniendo dudas? Aquí estoy.

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