Es una pregunta que me hacen bastante a menudo las parejas que llegan hasta mí para que les ayude a organizar su boda. 

No deja de sorprenderme el desconocimiento general que hay sobre este tema, y en general, sobre todo lo concerniente a la iglesia, y el “miedo” o respeto que esta entidad os provoca a las parejas. 

Suponemos que elegís casaros por la iglesia, porque lo sentís así, porque es algo que os resuena, que os llama, que os encanta, es algo que es parte de vosotros, pero en la mayoría de los casos, simplemente lo hacéis por tradición familiar, o porque es lo que hacen todos los amigos que se han casado antes que tú. 

Ante esta disyuntiva te invito a que reflexiones sobre qué quieres realmente tú, para tu boda, y si es casarte por la iglesia, aquí estoy yo para ayudarte.

 

Alberto Santoyo Alberto Santoyo

 

¿Qué documentos necesito para casarme, por la iglesia, en Sevilla?

Los requisitos y documentos necesarios para contraer matrimonio por la iglesia pueden variar dependiendo de la jurisdicción eclesiástica a la que pertenezca la iglesia en la que deseas casarte.

Antes que nada debéis elegir dónde tramitar el expediente matrimonial. Debéis tener en cuenta que tenéis que  hacerlo en una iglesia parroquial.

Existen tres opciones:

  1. Si la iglesia dónde habéis elegido casaros es parroquia, podréis tramitarlo allí mismo. Bajo mi punto de vista es lo más cómodo, ya que quedará todo allí recogido y centralizado. Si la iglesia donde os vais a casar no es parroquia, podéis preguntar qué parroquia le pertenece, suele ser la más cercana, y tramitar el expediente allí.
  2. Otra opción para tramitar el expediente matrimonial es hacerlo en la parroquia que por domicilio os corresponda, o bien, a ambos contrayentes, porque ya conviváis juntos y tengáis el mismo domicilio, o bien, en la parroquia que os corresponda a cualquiera de los contrayentes por domicilio, igualmente. 
  3. La tercera y última opción sería tramitarlo en la parroquia donde alguno de los contrayentes os hayáis bautizado. Esa es vuestra parroquia, allí es donde está toda vuestra historia católica (es como la historia médica) y es allí, donde la iglesia donde os caséis, enviará el expediente cerrado una vez se celebre el matrimonio, así que también es una buena opción. 

 

Mithos fotógrafos Mithos fotógrafos

 

DOCUMENTACIÓN CIVIL

  1. Fotocopia y original para compulsa del documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte en el caso de ciudadanos extranjeros.
  2. Certificado literal de nacimiento de cada contrayente, expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento.
  3. La fe de vida y de estado, o fe de soltería. Ambos contrayentes deben presentar un certificado de soltería. Este documento suele obtenerse en el registro civil y acredita que no existen impedimentos legales para contraer matrimonio.

 

DOCUMENTACIÓN RELIGIOSA

  1. La partida de bautismo y la partida de confirmación: Son dos de los documentos que necesitas para casarse por la iglesia es estar bautizado y confirmado por la iglesia católica, que es la que nos concierne en este post, ya que es la que se da mayoritariamente en las iglesias de Sevilla. Se expiden en la parroquia donde se recibió el sacramento del bautismo.
  2. El Cursillo Prematrimonial: Es un requisito indispensable que los contrayentes asistan a un cursillo prematrimonial. Este cursillo proporciona orientación sobre el matrimonio desde una perspectiva religiosa y puede variar en duración según la iglesia. No es obligatorio realizarlo en la misma iglesia donde os vayáis a casar, puede hacerse en cualquiera, siempre y cuando os expidan el certificado de haberlo realizado podáis llevarlo a la parroquia que esté tramitando vuestro expediente matrimonial. 
  3. Testigos: Por lo general, se requiere la presencia de testigos durante la ceremonia. Asegúrate de conocer los requisitos específicos de la iglesia en la que te casarás con respecto a los testigos.

Jorge Durán Jorge Durán

 

Es importante destacar que estos requisitos son generales y podrían variar. Se recomienda ponerse en contacto directamente con la parroquia o iglesia específica donde planeas casarte para obtener información detallada y actualizada sobre los documentos y requisitos necesarios.

En algunos casos, también puede ser necesario presentar otros documentos, como:

  1. Documentación civil:
    1. Libro de familia de los padres de cada contrayente, si tienen hijos en común.
    2. Certificado de matrimonio anterior, si alguno de los contrayentes está divorciado o viudo.
  2. Documentación religiosa:
    1. Certificado de dispensa de impedimento, si existe algún impedimento para el matrimonio.

 

Trámites del matrimonio católico Juan Velasco

 

El expediente matrimonial es algo que no debe hacerse con demasiado tiempo, porque ciertos documentos caducan. Así pues, lo ideal sería que lo tramitéis entre 6 y 3 meses antes de la boda. 

Si tienes más dudas sobre este tema, dejame un comentario y te lo resolveré encantada. También puedes escribirme a través del botón de whatsapp o aquí, en la página de contacto.  

 

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